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	<title>Comentarios en: Los peatones y las leyes de tránsito en el Ecuador</title>
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		<title>Por: gisela  velez</title>
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		<dc:creator><![CDATA[gisela  velez]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 Nov 2008 19:32:03 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[bueno en mi diudad no hay tanta respetavilidad en las calles los policias tienen que ser mas extrictosbueno gracias .]]></description>
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		<title>Por: Jose Salazar P.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Jose Salazar P.]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Sep 2008 15:12:43 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[La Constitución anterior y la actual manifiestan claramente que NINGUNA persona será sancionada dos o más veces por el mismo del delito.  ¿Entonces por que la nueva Ley de Transito sanciona hasta TRES veces por el mismo delito como es el caso de infracciones graves?

¿Está la Ley de Transito sobre lo que se estipula en la Constitución o es un desconocimiento de quienes aplican la Ley en referencia?.

Lo LEGAL debe ser que el supuesto infractor escoja de entre las tres o dos sanciones segun sea el caso, en el caso de cometerla y no soportar tanto abuso e ignorancia.

En el caso de presunción de haber ingerido alcohol se debe primero llamar a un abogado -como reza la Constitución- y NO como se acostumbra -de manera incorrecta y abusiva hacerle soplar el alcocheck- pues esto es un flagrante atropello . Luego ante la presencia de su abogado ir al juzgado de turno conjuntamente con un policia y dar las atenuantes al señor Juez sobre las imputaciones del policia que ha realizado la detención y el parte.

NO se le puede sancionar más de una ves por la misma infracción en el caso de comprobarse el hecho, y siempre que no existan accidentes mortales.

Hace falta más información a los conductores y transeuntes sobre sus derechos constitucionales.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La Constitución anterior y la actual manifiestan claramente que NINGUNA persona será sancionada dos o más veces por el mismo del delito.  ¿Entonces por que la nueva Ley de Transito sanciona hasta TRES veces por el mismo delito como es el caso de infracciones graves?</p>
<p>¿Está la Ley de Transito sobre lo que se estipula en la Constitución o es un desconocimiento de quienes aplican la Ley en referencia?.</p>
<p>Lo LEGAL debe ser que el supuesto infractor escoja de entre las tres o dos sanciones segun sea el caso, en el caso de cometerla y no soportar tanto abuso e ignorancia.</p>
<p>En el caso de presunción de haber ingerido alcohol se debe primero llamar a un abogado -como reza la Constitución- y NO como se acostumbra -de manera incorrecta y abusiva hacerle soplar el alcocheck- pues esto es un flagrante atropello . Luego ante la presencia de su abogado ir al juzgado de turno conjuntamente con un policia y dar las atenuantes al señor Juez sobre las imputaciones del policia que ha realizado la detención y el parte.</p>
<p>NO se le puede sancionar más de una ves por la misma infracción en el caso de comprobarse el hecho, y siempre que no existan accidentes mortales.</p>
<p>Hace falta más información a los conductores y transeuntes sobre sus derechos constitucionales.</p>
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		<title>Por: Dario Vanegas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Dario Vanegas]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Jan 2008 21:48:25 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[estoy xq algunas personas mue]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>estoy xq algunas personas mue</p>
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		<title>Por: Sandra Navarro</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Sandra Navarro]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 05 Dec 2007 14:35:00 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Toda acción tiene dos responsables y la ley de transito no es la excepción.  Los peatones y los conductores sufrimos del mismo mal “ignorancia de las leyes” y como consecuencia las sanciones que vienen por infringir esas leyes. 
Es cierto que los peatones son irresponsables con sus propias vidas y con las vidas de otras personas por los accidentes que pueden causar, pero los conductores rompen records en “cosas elementales”.  No hay taxista al que se le dé una dirección (por ejemplo P. Icaza 203 y Boyacá) y quiere dejar al pasajero del lado de Boyacá y si uno reclama se molesta y para colmo no tiene ni idea de qué lado se ubican los pares o impares de la numeración en las calles.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Toda acción tiene dos responsables y la ley de transito no es la excepción.  Los peatones y los conductores sufrimos del mismo mal “ignorancia de las leyes” y como consecuencia las sanciones que vienen por infringir esas leyes.<br />
Es cierto que los peatones son irresponsables con sus propias vidas y con las vidas de otras personas por los accidentes que pueden causar, pero los conductores rompen records en “cosas elementales”.  No hay taxista al que se le dé una dirección (por ejemplo P. Icaza 203 y Boyacá) y quiere dejar al pasajero del lado de Boyacá y si uno reclama se molesta y para colmo no tiene ni idea de qué lado se ubican los pares o impares de la numeración en las calles.</p>
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